El Decreto 720 de 2026 reglamentó las medidas preventivas que pueden adoptar los inspectores de trabajo durante actuaciones de inspección, vigilancia y control. Estas órdenes buscan evitar la vulneración o agravación de derechos cuando exista un riesgo grave, un daño inminente o la posibilidad de un perjuicio irremediable. Son provisionales y no constituyen por sí mismas una sanción, pero producen efectos inmediatos desde su notificación.
Para el empleador, el cambio exige capacidad de reacción. La autoridad puede ordenar, entre otras medidas, la suspensión de actividades o labores de alto riesgo, la reubicación temporal de trabajadores, el alejamiento de presuntos agresores, la entrega inmediata de elementos de protección personal, la corrección urgente de condiciones físicas, la implementación de protocolos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), la restricción de maquinaria y la evacuación del lugar de trabajo.
La medida debe adoptarse mediante un acto motivado y con valoración jurídica, técnica y fáctica del riesgo. Aunque el empleador puede interponer recurso de reposición dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación, el recurso se concede en efecto devolutivo: la orden debe cumplirse mientras se decide. El incumplimiento puede generar multas sucesivas, suspensión temporal de actividades y otras consecuencias administrativas.
La competencia no autoriza decisiones arbitrarias. La orden debe ser necesaria, idónea y proporcional al riesgo identificado; su naturaleza es cautelar y provisional, no sancionatoria. El empleador puede solicitar su revisión o modificación cuando demuestre que desaparecieron las circunstancias que la justificaron, sin suspender entretanto su cumplimiento inmediato.
Acciones para el empleador
- Revise que el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) identifique los riesgos críticos y establezca responsables, controles y evidencias de cumplimiento.
- Verifique las condiciones de maquinaria, trabajos de alto riesgo, elementos de protección personal, señalización, ventilación, iluminación y planes de emergencia.
- Actualice los protocolos para atender denuncias de acoso laboral, acoso sexual, discriminación y violencias basadas en género.
- Defina un procedimiento interno para recibir, analizar y cumplir de inmediato las órdenes de un inspector de trabajo.
- Organice los soportes técnicos, capacitaciones, inspecciones internas, entregas de elementos de protección personal y acciones correctivas para que estén disponibles durante una visita.
El empleador no debe esperar una visita para corregir un riesgo. Una revisión preventiva de las condiciones de trabajo y de los soportes del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) reduce la posibilidad de interrupciones operativas y facilita una respuesta oportuna ante la autoridad.
Consultar el Decreto 1072 de 2015, adicionado por el Decreto 720 de 2026